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La Escuela de Construcción UDLA desarrolló un ciclo de perfeccionamiento sobre la Ley N° 20.720 que reemplaza la antigua Ley de Quiebras. Este ciclo busca actualizar a los profesionales en lo relativo a la aplicación de esta legislación, y contó con la exposición de Alejandro del Río, Magíster en Administración y Dirección de Empresas y académico adjunto de la Escuela de Construcción UDLA donde imparte la asignatura de “Marco legal para la Construcción”.

La Ley N° 20.720 es la legislación que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.

El académico UDLA comenzó este ciclo detallando los motivos de quiebras que han tenido constructoras en nuestro país a partir de un estudio de la Universidad de Talca, donde se menciona que entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de junio del 2022, 24 constructoras y empresas relacionadas cayeron en quiebra. Estas quiebras se producen por causas multifuncionales, pero uno de los factores más relevantes en este último tiempo ha sido la pandemia y sus repercusiones como los cierres de puertos, la escasez de material, el despido de trabajadores, obras paralizadas, la liquidez del mercado, inflación, entre otros.

Esto dio paso para hablar de la Ley N° 20.720, donde del Río comentó que, “esta es una ley que tiene 10 años y a mi juicio es una ley bastante inteligente. Hace un distingo muy importante, no define la quiebra, pero sin embrago establece un procedimiento concursal”.

En esa línea y en conversación con Karen Muñoz, Directora de Carrera de Construcción UDLA, quien fue la moderadora de la jornada, del Rio explicó en qué consiste el artículo 2º. número 27 de la Ley, donde se describe el procedimiento concursal como “cualquiera de los regulados en esta ley, denominados, indistintamente, Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora, Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora, Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora y Procedimiento Concursal de Liquidación de los Bienes de la Persona Deudora”.

Lo primero que hace es distinguir entre empresas y personas deudoras. Por lo que para personas deudoras tiene un procedimiento de renegociación y el procedimiento de liquidación, y para las empresas deudoras de reorganización y el de liquidación”, aclaró el académico.

El Magíster en Administración y Dirección de Empresas continuó explicando las implicancias y detalles de la Ley, cómo las empresas y las personas deben seguir ciertos pasos para poder llevar a cabo una quiebra bajo todos los parámetros que la legislación chilena establece.

Terminada la explicación, se dio paso a una ronda de preguntas de los espectadores que transitaron por ¿cuáles son los documentos para conocer la situación financiera de una empresa en su totalidad? ¿cuál es el tipo de empresa que nunca debemos conformar? ¿cuándo quiebra una empresa constructora tiene responsabilidad de los trabajos realizados en obra viales?

A continuación, te dejamos el ciclo de perfeccionamiento de forma íntegra: