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“Violencia de género en contexto de crisis sanitaria. Una mirada desde lo jurídico y local”, fue el nombre elegido por la Facultad de Ciencias Sociales para abordar los derechos de las víctimas de violencia de género en época de pandemia.  Desde el ámbito penal, en el marco de la Ley N° 20.066 y el apoyo en el espacio local, a través de la experiencia de trabajos como el Centro de la Mujer de El Bosque.

En la actividad, que fue moderada por la Directora de la Escuela de Trabajo Social, Paula Leiva, se habló sobre la importancia que conlleva el rol del psicólogo/a y trabajador/a social en contexto de la intervención en este nuevo escenario, distinguiendo principales desafíos, aciertos y dificultades presentes.

La jornada comenzó con una explicación de la Ley N° 20.066 a cargo de Claudia Castro, Fiscal de Violencia Intrafamiliar del Ministerio Público de la Fiscalía Metropolitana Sur: “Esta ley define la violencia intrafamiliar como aquella situación de abuso de poder o maltrato físico o psíquico de un miembro de una familia, pudiendo ser entre otros ámbitos un maltrato económico, un ataque sexual, una humillación, un chantaje, etc. No solo se basa en algo conyugal”.

La abogada agregó que “la denuncia que más recibimos en Fiscalía es cuando el imputado se opone de manera violenta y negativa a aceptar que la víctima da por terminada la relación afectiva. Ese rechazo es el que ha provocado que se incumplan las medidas cautelares y que posteriormente los imputados cometan delitos más graves. Esta ley permite que las víctimas puedan denunciar en cualquier momento y en cualquier repartición pública. El juez puede adoptar medidas de protección cautelar sin importar la etapa del procedimiento”.

En la misma línea tomó la palabra Ángela Chávez, jefa de la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía Metropolitana Sur quien, se refirió al apoyo y orientación que reciben las denunciantes desde el ámbito legal.

Muchas personas se preguntan por qué el Ministerio Público protege a las víctimas. La respuesta es por la interrelación que existe entre la persecución y la participación de la víctima en el proceso penal; para ello, requerimos que la víctima esté y se sienta protegida (…) Para cumplir con esta función, se ha implementado un modelo general de atención cuyo objetivo es entregar tres objetos básicos: orientación, protección y apoyo”, apuntó.

La profesional también entregó detalles sobre el rol que cumple la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía Metropolitana Sur, la cual está compuesta por seis psicólogos, diez trabajadores sociales, tres técnicos, cuatro administrativos que realizan contactos con las víctimas y testigos, una jefe abogada y dos conductores que visitan periódicamente a las denunciantes.

La jornada siguió con el testimonio de Paulina Eyzaguirre, coordinadora del Centro de la Mujer El Bosque del Servicio Nacional de la Mujer. Además de mostrar el trabajo que hacen como institución, reveló las dificultades que han identificado en época de pandemia con respecto a las denuncias de mujeres de víctima de violencia intrafamiliar.

Cuando hablamos de denuncias por canales remotos, es importante recordar que no todas las personas tienen acceso a internet; en El Bosque, por ejemplo, solo un 46% de los hogares tiene acceso estable, porque es una barrera importante. Las denuncias presenciales en Tribunales y Fiscalía se mantienen, pero el trasladarse implica el temor a contagiarse, dificultad para viajar y a las mujeres se les crea un problema respecto al cuidado de los hijos que están sin clases presenciales. Finalmente, en las unidades policiales nos encontramos con mujeres que han ido a denunciar, pero han sido detenidas porque han transgredido las ordenes sanitarias”, dijo.

Para finalizar, expuso Mario Retamal, trabajador social en la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur: “Los hechos no solo se explican desde una mirada jurídica y por eso es tan importante que en la evaluación de riesgo existan también elementos psicológicos y sociales que ponderen los factores de riesgo asociados; como por ejemplo las conductas violencias, las reiteraciones de hechos de violencia, el acceso a redes, los alcances de las medidas de protección y las características de la víctima e imputado”.