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Durante enero y con la presencia de dos expertos en materia tributaria, la Escuela de Auditoria de UDLA inauguró su ciclo de Jornadas Tributarias 2023. Para esto, se realizó el conversatorio “IVA en los servicios: cambios y aplicación”, instancia en la que se abordó la ley 21.420, que, a partir del 1 de enero de este año, establece una serie de disposiciones eliminando exenciones y sumando más actividades a la contribución del impuesto IVA.

Entre ellas, se gravan la prestación de servicios, es decir que los servicios que no pagaban este impuesto hoy deben agregar un 19% al valor de la prestación y emitir la documentación tributaria correspondiente.

Comenzamos nuestro ciclo anual de jornadas tributarias con un tema muy contingente y que está en plena discusión por parte de los expertos y representantes de diversos gremios el IVA en los servicios. Desde la Escuela de Auditoría UDLA cumpliendo nuestro rol de ser un aporte a nuestra comunidad buscamos a través de esta webinar, entregar los detalles de esta nueva normativa que nos afecta a todos”, sostuvo Viviana Puentes, Directora de la Escuela, a inicio de la jornada. 

La primera exposición estuvo a cargo de Hernán Verdugo, socio fundador del Instituto de Estudios Tributarios.  “Este es uno de los temas más coyunturales y relevantes de la reforma actual. El IVA, desde el punto de vista de los servicios profesionales, significa un cambio radical desde su definición y por lo tanto eso implica cambios en su aplicación y operatividad para así lograr entender cómo nos tenemos que estructurar a partir de ahora y cómo debemos abordar de mejor manera estos cambios”.

Por su parte, Jaime Astorga, Contador Auditor y Magíster en Tributación con más de 15 años de experiencia profesional, aseguró que “conforme a la nueva disposición legal de servicio, quedarán gravados con IVA, en general, todos los servicios que sean prestados o utilizados dentro del territorio nacional, aun cuando el beneficiario o prestador del servicio no tenga domicilio o residencia en Chile”, sostuvo.

“También se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados desde el extranjero, cuando sean utilizados en el territorio nacional, siempre que no gocen de alguna exención de dicho impuesto por aplicación de las leyes o de los convenios para evitar la doble imposición en Chile”, complementó.

En esta materia, es importante considerar que existe una serie de servicios y requisitos que permitirán a las empresas no pagar IVA. Entre ellos se encuentran los servicios de transporte, salud y educación, así como también las sociedades de profesionales.

En ese sentido, Astorga aclaró algunas formalidades y requisitos que deben cumplir dichas sociedades para constituirse como tal: “Debe tratarse de una sociedad de personas donde su objetivo exclusivo debe ser la prestación de servicios o asesorías profesionales. Estos servicios deben ser prestados por intermedio de sus socios asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional”.

Sobre los plazos que ha determinado el SII para cumplir los requisitos de exención, sostuvo que “el procedimiento extraordinario para el registro de las sociedades profesionales estará disponible hasta el 30 de junio de 2023”.