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Con motivo de la promulgación y publicación de la nueva Ley de Migraciones, surgen una serie de interrogantes respecto a los derechos y obligaciones que se generan para los migrantes y para el Estado de Chile.

En ese escenario, la Facultad de Derecho realizó un conversatorio para analizar la ley desde una perspectiva crítica y ver los alcances de la nueva normativa y sus diferencias con la antigua Ley de Extranjería que regía en Chile desde la década de los 70.

El expositor de la jornada fue Jaime Esponda, abogado, Magíster en Docencia Universitaria de la Universidad Autónoma, asesor jurídico de la Organización Internacional para las Migraciones (OMI) y profesor de Multiculturalidad y Migraciones en nuestra casa de estudios.

El tratamiento de los derechos humanos, fue el primer tópico que tocó el abogado durante la jornada. Sobre eso, explicó que la nueva ley, “no criminalizada la migración irregular, la cual no es constitutiva de delito. También asegura los principios de igualdad y no discriminación del niño, niña y adolescente; en ese sentido, existe un derecho a la educación, el cual garantiza el acceso a la enseñanza preescolar, básica y media”.

“A su vez, aborda el derecho de los migrantes residentes a solicitar la reunificación familiar y el derecho a la vivienda propia. La normativa tiene un capítulo especial sobre el hacinamiento, el arriendo y subarriendo abusivo”, agregó.

En medio de una controversia nacional por la expulsión de migrantes en nuestro país, Esponda apuntó que las expulsiones “consisten en infracciones dolosas a la ley, por ejemplo, personas que ejercen actividades remuneradas sin tener autorización y reinciden en ella o adulteración documentos. Ante esto, la autoridad tiene que considerar la gravedad de los hechos, los antecedentes delictuales y si tiene familiares chilenos o radiados en Chile”.

En esa misma línea, el expositor fue claro en mencionar que la nueva ley “prohíbe las expulsiones colectivas. También apunta a que la persona deberá ser notificada por escrito y tendrá un plazo de 10 días para presentar sus descargos. Con respecto a los extranjeros que ingresan al país ilegalmente, la normativa sostiene que será reembarcado de inmediato o reconducido a la frontera”.

Política restrictiva vs. una abierta

Esta ley favorece una política restrictiva más que una abierta. Hay una exigencia a los trabajadores que quieren ingresar al país con propósitos laborales, de solicitar previamente una visa en el Consulado Chileno de su país de origen”, comenzó explicando Esponda.

Sobre los criterios de otorgamiento de residencia temporal, el abogado explicó que “el permiso se puede conceder solamente a algunas personas. ¿Quiénes? A los que acrediten tener vínculo de familia con chilenos o residentes definitivos. En este grupo también entran quienes puedan demostrar que su estadía es concordante con los objetivos de la política nacional de migración y extranjería. La verdad que este último es un concepto muy indeterminado”.

Para finalizar, el abogado abordó la institucionalidad de esta ley, la cual permite la creación del Consejo de Política Migratoria y la creación del Servicio Nacional de Migraciones.