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La Operación Renta para personas naturales durante este año 2021, considera una serie de cambios y novedades en relación a la tributación. Bajo este contexto, Viviana Puentes, Directora de la Escuela de Auditoría de Universidad de Las Américas, explica que los más significativos son los siguientes:

Asistencia en pandemia: producto de las condiciones sanitarias, el Servicio de Impuestos Internos ha entregado la posibilidad de asistencia en línea para atender las consultas de los contribuyentes, ya sean personas naturales o empresas propyme. Esta solicitud de asistencia se realiza a través de la página web del SII(www.sii.cl) dónde se agenda una reunión.          

Retiro de AFP: durante el año 2020 se legisló a favor del retiro del 10% de los fondos previsionales acumulados en las AFP, de los cuales sólo el primer retiro no es considerado renta, ni consecuentemente remuneración, por lo tanto, NO se declaran en el proceso de Operación Renta, ya que no paga impuestos. Pero el 2° retiro realizado durante el año 2020, si es considerado renta, por lo tanto, debe ser incluido en la declaración de este año tributario.

¿Quiénes deben pagar impuestos por el 2° retiro de AFP?

El monto retirado en la segunda oportunidad si constituye renta, en consecuencia, se debe sumar a la base imponible para el cálculo del impuesto Global Complementario. Específicamente en este proceso de Operación Renta la ley determina que las personas con ingresos anuales sobre 30 UTA monto equivalente en pesos $18.370.440 al 31.12.2020, deben tributar por la percepción del 2° retiro.

 ¿Cómo se realiza el cálculo para determinar el pago de impuestos por el segundo retiro de AFP?

Se suman todos los ingresos:

  1. Sueldos tributables, (sueldo bruto menos imposiciones).
  2. Honorarios netos, (honorarios brutos menos gastos efectivos o gastos presuntos)
  3. Otras rentas obtenidas y/o utilidades por ventas de inversiones, dietas, etc.
  4. Retiros o dividendos percibidos.

Se descuentan:

Rebajas tributarias, como por ejemplo intereses de créditos hipotecarios, gastos por educación de los hijos, Ahorro Previsional Voluntario, entre otras.

¿A cuánto asciende el pago de impuestos por este segundo retiro?

Como el Impuesto Global Complementario es un impuesto que está estructurado en tramos, dependerá del total de las rentas imponibles de cada contribuyente el factor que se aplique a su base imponible. Por ejemplo, de acuerdo a la Tabla de Impuesto Global Complementario, para un contribuyente persona natural que reciba un total de ingresos, incluido el segundo retiro de $ 30.500.000 se le aplicará el factor 0,08, y su impuesto determinado es $ 1.374.514, sobre este monto se descontarán todos los créditos y los impuestos ya pagados.

 ¿Cuáles son los plazos?

El plazo para presentar la declaración de renta se extiende desde el 1 de abril hasta el 10 de mayo, para aquellas sin pago de impuestos. En el caso de las declaraciones a las que les corresponda pagar impuestos, el plazo de presentación será entre el 8 y 30 de abril de 2021.

 ¿Cuándo se realizará la devolución de impuestos?

En caso de que corresponda, el pago de la devolución de impuestos será desde el 12 de mayo, para todos quienes hayan presentado su declaración de renta desde el 1 y hasta el 23 de abril. Para quienes lo realicen en una fecha posterior, los períodos de devolución son el 19 y 26 de mayo.